¿Farmacias: un negocio de interés público?

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado un  Estudio sobre el Mercado de Distribución Minorista de Medicamentos en España, donde analiza desde un punto de vista económico, si la regulación vigente favorece su eficiencia.

La Comisión entiende que aunque el objetivo principal de la regulación sea la protección del interés público, en cuanto a seguridad y acceso a los medicamentos, ésta incide en la protección de intereses privados (viabilidad financiera de oficinas de farmacias y distribuidores mayoristas), lo que con frecuencia entra en conflicto con el objetivo principal de asegurar la calidad de la atención farmacéutica y reducir los costes de distribución.

En España, la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia establece unos principios básicos de ordenación farmacéutica, aunque cada Comunidad Autónoma regula los criterios de planificación para la autorización de oficinas de farmacia.

Con carácter general la Ley establece que la población mínima para la apertura de oficinas de farmacia es de 2.800 habitantes por establecimiento, siendo la distancia mínima entre farmacias de 250 metros, teniendo en cuenta la dispersión de la población y criterios geográficos.

En la actualidad las 17 Comunidades Autónomas tienen distintas legislaciones para regular el sector, aunque en función de la concentración de la población, pueden establecer módulos de población superiores, con un límite de 4.000 habitantes por oficina de farmacia. En todo caso, una vez superadas estas proporciones, podrá establecerse una nueva oficina de farmacia por fracción superior a 2.000 habitantes.

Restricciones tanto del módulo de población para la apertura de nuevas farmacias, como la distancia entre ellas que la CNMC califica de injustificadas ya que limitan la competencia en la distribución minorista de medicamentos y que propone eliminarlas.

Sin embargo, para el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos que rechazó la propuesta del CNMC, “esta regulación permite que el 99% de la población disponga de una farmacia en su lugar de residencia o que sea uno de los países de Europa en el que más farmacias se abren cada año, mientras en otros países se estén cerrando”.

La CNMC, va más allá y aboga por permitir la venta de medicamentos no sujetos a prescripción médica en otros establecimientos ajenos a la farmacia y a través de páginas web; en este mercado online también podrían venderse medicamentos bajo suscripción médica con el requisito de que la dispensación se realice por un técnico competente.

Y añade otra recomendación más, la supresión del requisito de colegiación obligatoria para titulares y farmacéuticos en oficinas de farmacia y la eliminación de la reserva de actividad de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos en la facturación y cobro de recetas oficiales.

Estas dos ultimas medidas son las que más respuesta han encontrado, el Ministerio de Sanidad advierte que estas prácticas pondrían en riesgo la salud de los ciudadanos, al no estar garantizada la asistencia profesional, además de fomentar prácticas fraudulentas, como la venta de medicamentos falsificados. Por tanto, y para asegurar la protección de la salud pública, defenderá el modelo actual ante cualquier propuesta en este sentido”.

En el mismo sentido, desde la Federación de Consumidores, FACUA cree que con estas propuestas la CNMC obvia la protección de la salud pública y banaliza el fármaco, al considerarlo un producto de consumo más y reducir su venta a una actividad económica más y sujeta únicamente a las reglas del mercado. Además, afirma que un licenciado en farmacia, es el único profesional con los conocimientos necesarios para poder aconsejar a los usuarios sobre el uso de los fármacos, tanto si necesitan o no prescripción médica.

La CNMC en su informe argumenta que la venta de medicamentos no sujetos a prescripción médica, alcanza ya el 80% en países como Holanda donde se venden en drugstores y supermercados, porcentaje que alcanza el 40% en Reino Unido y un 20% en Alemania.

En cuanto a la venta de medicamentos a través de sitios web está permitida en los 18 países europeos, a excepción de Austria. Sin embargo, este tipo de venta es muy reciente en países como España y Francia mientras que en otros, como Holanda o Suecia, la venta online de medicamentos no sujetos a prescripción médica está implantada desde hace años. Además, en ocho de estos 18 países (Alemania, Dinamarca, Finlandia, Holanda, Noruega, Reino Unido, Suecia y Suiza) está también permitida la venta a través de sitios web de medicamentos sujetos a prescripción médica.

La eliminación de las restricciones en cuanto a la apertura de nuevas oficinas de farmacia, favorecería según el informe de Competencia sobre todo, a las poblaciones más pequeñas y aisladas.

En España, el número de municipios sin farmacia ascendió a 2.824 en el año 2012 (el 35% de los municipios de nuestro país y el 1% de la población). La mayoría situados en la mitad norte de España con una población inferior a 500 habitantes, muy envejecida, y una densidad demográfica inferior a 10 habitantes/km2.

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El 70,3% de los municipios con población inferior o igual a 500 habitantes carece de farmacia; el 92% de los municipios con población entre 500 y 2.000 habitantes tiene una sola farmacia; el 28,2%  de entre 2.000 y 5.000 habitantes, cuentan con dos. Los municipios con más de 5.000 habitantes (9,4% del total) concentran el 50,3% de la población y el 33,7% del total de farmacias.

Pero la Comisión advierte también que con la liberalización de las oficinas de farmacia, habría que implementar medidas que favorecieran su apertura o permanencia en los municipios más pequeños, ya que la experiencia en algunos países europeos es que la liberalización provocó un aumento sustancial en el número de farmacias, concentrándose especialmente en zonas urbanas, con escasa apertura de nuevas farmacias en municipios pequeños.

En estos países, (Reino Unido y Dinamarca) implementaron políticas para evitar el cierre de farmacias en zonas rurales mediante el establecimiento de incentivos financieros. En el caso británico, las farmacias rurales reciben subsidios a través del Essential Small Pharmacy Local Pharmaceutical Services Scheme (ESP LPS); mientras que los daneses pusieron en marcha el llamado Tax Equalization Scheme, para financiar las farmacias rurales.

En Noruega, existe un acuerdo entre el Estado y las cadenas de farmacias para que, en caso de cierre de una farmacia en una zona rural, la cadena de farmacias tome el control del establecimiento y se abra una nueva farmacia en la misma zona.

Las prácticas de estos países muestran según la CNMC que existen mecanismos alternativos para aumentar la competencia en el mercado y a la vez garantizar una adecuada cobertura geográfica de la atención farmacéutica sin necesidad de restringir la entrada de farmacias en todas las zonas del mercado.

En España, la CNMC alaba a lo largo de todo el informe la Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre de Atención Farmacéutica, que liberalizó el mercado en Navarra, provocando un aumento del número de farmacias desde su aprobación, especialmente en el ámbito rural. En el año 2000, antes de la aprobación de la reforma, el número total de farmacias en Navarra era de 309, alcanzando las 547 en 2005.

Opinión que no comparte Arturo Aznárez, presidente de la Asociación de Farmacéuticos Rurales de Navarra que considera que la Ley del 2000 supuso el fin de la farmacia rural. “Los datos que aporta Competencia sobre nuevas aperturas se refieren a las que se han realizado en las nuevas urbanizaciones construidas en las zonas rurales circundantes de Pamplona. Las alrededor de 40 farmacias rurales, que están en municipios pequeños son las que había antes de la aprobación de la Ley”.

“Tampoco se ha mejorado el acceso a los medicamentos de los enfermos. Los farmacéuticos seguimos siendo, sobre todo, en áreas rurales aisladas quienes tenemos que desplazarnos en nuestro coche particular para proporcionar las medicinas a un enfermo encamado”.

Para Aznárez un ejemplo de que la Ley no es buena es que ninguna otra Comunidad Autónoma la ha copiado. Esta Ley se quejan desde la Asociación ha supuesto un empobrecimiento de la farmacia rural. “Creemos que si hay que diseñar un nuevo modelo, no es ni mucho menos desde el criterio de la CMNC, sino que debe definirse por criterios sanitarios. Debemos partir de un sistema que es bueno, teniendo en cuenta los retos a los que nos enfrentaremos en los próximos años, como son el despoblamiento y envejecimiento de áreas rurales, sobre todo”. En este sentido, proponen la creación de farmacias especializadas en prestar atención a las personas mayores, bajo la dirección de profesionales preparados específicamente para ello e integradas en el Sistema de Salud.

Según el estudio Farmacia Rural. La Esencia del Modelo Español de Farmacia (2012) de la Sociedad Española de Farmacia Rural (SEFAR), los gastos fijos para una farmacia ascienden a 1.511,51 euros mensuales (incluyendo la contratación de un farmacéutico suplente para un mes de vacaciones del titular); ascendiendo a 2.813,21 euros, para un funcionamiento óptimo de una farmacia (incluye la contratación de personal técnico no licenciado y cotizaciones por rama autónoma equivalentes a la de un farmacéutico de la administración pública).

En cuanto a los ingresos, una farmacia necesitaría dispensar un mínimo de 530 recetas para cubrir los gastos fijos derivados de su explotación, y un mínimo de 987 recetas para cubrir los gastos óptimos de explotación, con la particularidad de que el titular de la misma no obtendría ningún rendimiento. Teniendo en cuanto el margen bruto (2,85 €/receta), obtenido por receta facturada (que asciende a 10,23 € con el copago).

Unos ingresos por receta, que difícilmente alcanzan muchas farmacias rurales. La SEFAR propone la creación de un fondo de compensación para el sostenimiento de las farmacias esenciales, recibiendo cada una de éstas la cuantía suficiente y necesaria que les permita obtener unos ingresos netos iguales a los de un farmacéutico de atención primaria. Siguiendo el modelo de otros países como Dinamarca donde existe un fondo de igualdad que se nutre del superávit del conjunto de las farmacias del país respecto a la media de sus facturaciones, las que superan este valor medio aportan a dicho fondo un 3,9% de estos ingresos adicionales, para asegurar la prestación en los medios rurales.

En Italia, El Instituto Nacional de Bienestar y Asistencia de Farmacéuticos (ENPAF), creó un fondo nacional de solidaridad para la atención farmacéutica en los municipios con menos de 1.000 habitantes. En Australia se aplica desde el año 1953 el Rural Pharmacy Maintenance Allowance (RPMA), que ofrece a las farmacias de zonas rurales y áreas remotas de Australia, una aportación mensual con el objetivo de mantener este servicio en la comunidad.

Propuestas sobre las que habrá ir reflexionando, para adoptar las medidas necesarias que garanticen el acceso a los medicamentos sobre todo en zonas rurales, del centro y norte de España, que suele concentrar la población más envejecida, y por tanto la que más atención farmacológica y profesional sanitaria requiere.