Otro revés judicial a la jubilación forzosa en Valencia

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valencia ha declarado nulo varios preceptos del Decreto 136/2014, de 8 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la jubilación forzosa, la prolongación en el servicio activo y la jubilación voluntaria del personal estatutario de las instituciones sanitarias dependientes de la Consejería de Sanidad. La sentencia, que da la razón al recurrente CSI-F, confirma el dictamen del Consejo Jurídico Consultivo al señalar que el gobierno regional «no está habilitado para regular un derecho a la jubilación, como tampoco un derecho a la prolongación de la actividad».

Según informa Diario Médico, la Sala Contenciosa del TSJ explica que es «el legislador estatal» quien regula ese derecho y que «sólo en un supuesto concreto como es «la prolongación de actividad por necesidades de la organización puede incidir la Administración autonómica». Pero ello no se puede hacer en uso de una potestad reglamentaria de desarrollo de aquella legislación básica estatal, «sino para constatar las necesidades de la organización, que sólo podrá plasmarse en un instrumento concreto: un Plan de Ordenación de Recursos Humanos».

CSI-F reclamaba la nulidad total del decreto autonómico por falta de negociación sindical y que había sido dictado sin la existencia de un Plan de Ordenación de Recursos Humanos. El fallo declara nulo el artículo 3; el último inciso del apartado 2 del artículo 4; los apartados a), b) y primer párrafo del c) del apartado 2 del artículo 6 y las letras a) y b} del apartado 3 del artículo 6″.

Según los magistrados, debe despojarse de todo contenido sustantivo al decreto autonómico proyectado para mantener su carácter adjetivo, es decir, regular los «procedimientos» relativos a la jubilación del personal estatutario o a la prolongación de su actividad.

Esta sentencia se suma a la ya dictada por el Tribunal Supremo contra la anterior regulación valenciana sobre este mismo tema, una orden de junio de 2013, por falta de «rango normativo». De hecho, fueron precisamente los problemas con esta orden los que hicieron a la anterior Administración sanitaria poner en marcha el nuevo decreto.

Según el sindicato, la sentencia puede afectar hasta 300 profesionales jubilados en virtud de ese decreto y su redactado «hace justicia» y «permitirá que personal cualificado y en perfectas condiciones para desarrollar su labor pueda seguir trabajando una vez superados los 65 años».

La actual Consejería de Sanidad trabaja ya con los sindicatos para realizar una nueva regulación de la materia. El fallo puede ser recurrido ante la Sala Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.